Tribunal confirma despido de empleado de Mercadona por uso masivo de internet personal en horario laboral

Un empleado de Mercadona en el bloque logístico de Villadangos del Páramo (León) fue despedido tras registrarse 7.685 accesos a páginas web no relacionadas con su trabajo entre el 1 y el 25 de febrero de 2025. La justicia de Castilla y León respaldó la decisión de la empresa, ratificando la quiebra de confianza que supuso para la compañía estos actos.

Uso indebido de recursos informáticos y correo corporativo

El trabajador, que ocupaba el puesto de Gerente A y llevaba con la empresa desde 2006, no solo navegó por plataformas como YouTube, Facebook, LinkedIn y Reddit fuera del ámbito laboral, sino que también utilizó el correo electrónico corporativo para asuntos personales en al menos 30 ocasiones. Mercadona interpretó estas acciones como una grave transgresión de la buena fe contractual y una violación del convenio colectivo, que prohíbe el uso privado de recursos informáticos de la empresa.

Conflictos laborales y antecedentes disciplinarios

Además del uso indebido de internet, el empleado tuvo un enfrentamiento con un compañero, en el que se produjeron insultos y amenazas, y contaba con antecedentes disciplinarios por comentarios inapropiados y uso del teléfono personal en su puesto de trabajo. Estos antecedentes también fueron considerados para la decisión de la empresa y confirmados por el tribunal.

Rechazo a las apelaciones del trabajador

El exgerente presentó una demanda cuestionando la exactitud de los registros y alegando que no se comprometió información confidencial de la empresa. No obstante, el Tribunal Superior de Justicia rechazó estas alegaciones, valorando las pruebas originales y señalando la extrema cantidad de accesos personales como demostración de la pérdida de confianza.

Normas claras sobre el uso de recursos informáticos

El convenio colectivo de Mercadona establece que los recursos tecnológicos, incluida la conexión a internet y el correo corporativo, son propiedad de la empresa y están destinados exclusivamente para la actividad laboral. Por lo tanto, el uso particular constituye una falta muy grave, que puede derivar en el despido disciplinario.


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