Un jardineróramo con baja médica por problemas digestivos asociados a estrés laboral fue despedido tras ser grabado realizando trabajo físico en su empresa privada, según fallo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.
Baja médica se contradice con actividad física para negocio propio
El trabajador, con más de 16 años en la empresa, presentó en mayo de 2023 una baja médica por diarrea y fuerte dolor abdominal atribuidos a estrés y ansiedad provocados por su entorno laboral. La empresa conocía que tenía un negocio propio en jardinería, lo que motivó una investigación privada.
Durante cinco días fueron recogidas pruebas donde el empleado se mostró cargando sacos de abono, moviendo maquinaria pesada y realizando trabajos en jardines. Estas imágenes evidenciaron un nivel de actividad incompatible con las limitaciones alegadas en la baja médica.
La justicia confirma la legalidad del despido
Al recibir el alta médica, la empresa decidió despedirlo de forma inmediata por considerar un incumplimiento grave. El empleado llevó el caso a los tribunales argumentando que el trabajo en su negocio era puntual y relajado, distinto a sus obligaciones laborales como asalariado.
El tribunal desestimó estos argumentos y avaló el despido, señalando que no es justificable que una enfermedad impida trabajar en un empleo y permita realizar la misma actividad para un negocio personal. La sentencia excluye indemnización, confirmando la terminación laboral.
Implicaciones para trabajadores y empleadores
Este caso subraya que durante una baja médica por enfermedad laboral no se puede realizar trabajo físico equivalente al puesto de asalariado, incluso en actividades propias. La norma busca preservar la recuperación del empleado y evitar el abuso del sistema.
Además, la sentencia sienta jurisprudencia sobre los límites legales del uso del tiempo de baja médica y refuerza las facultades de las empresas para actuar ante sospechas de incumplimiento.




